Reacciones a situación de Asociación de Autores
Luego de que Juan Murillo enviara una carta diciendo que la Asociación de Autores esta "desaparecida" se empezaron a dar preguntas entre los interesados, así que CLUBDELIBROS se dio a la tarea de consultarlas . Aquí las respuestas de la Editorial Costa Rica a la situación
1) ¿Cuál es según su parecer la situación actual de la Asociación de autores?
Desde un punto de vista jurídico, se ha superado el plazo de un año que otorga la Ley de Asociaciones para renovar los nombramientos de la nueva Junta Directiva, y en virtud del artículo 13 inciso d) de ese cuerpo legal se da por extinguida de hecho.*****
2) ¿En que afecta a la ECR que desaparezca la Asociación de autores?
Afecta directamente a la ECR, únicamente en la conformación del Consejo Directivo, pero no en cuanto a la operatividad de éste. En ese sentido, la conformación del cuerpo colegiado de la ECR se rige por lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley No. 2366 que establece textualmente: “El Consejo Directivo estará integrado por nueve miembros: tres nombrados por la Asamblea de Autores citada en esta ley; uno, por la Universidad de Costa Rica; uno, por la Universidad Nacional; dos, por el Ministerio de Cultura Juventud y Deportes y dos, por el Ministerio de Educación Pública.(...)”.
En caso de desaparación de la Asociación de Autores, el Consejo Directivo puede seguir operando eficaz y legalmente con los 6 miembros restantes por cuanto el legislador al redactar la Ley No. 2366 dispuso en el párrafo final de ese artículo 11 citado “Bastará el nombramiento de cinco miembros para que el Consejo Directivo se instale y tenga personería suficiente, mientras se completa su integración.”.
3) ¿Qué piensa hacer la ECR si esto sucede?
Hemos iniciado las consultas respectivas para obtener por escrito la posición del Registro Público de la Propiedad, Departamento de Personas Jurídicas, Sección de Asociaciones. Una vez que obtengamos esa respuesta pondremos el asunto en conocimiento de la Procuraduria General de la República y la Contraloría General de la República., para establecer los lineamientos y decisiones políticas y administrativas que se deban instaurar en relación con la representación de los autores dentro del Consejo Directivo.
4)¿ Estaban al tanto de las irregularidades?
Si desde julio del año 2003 cuando por información de la Gerencia de aquella época y la Asesoría Legal nos enteramos de la irregularidad en la inscripción del nombramiento de la Junta. Durante los últimos años, se ha instruído por medio de Acuerdos del Consejo Directivo para que los representantes de la Asamblea dentro del Consejo regularizaran la inscripción y a través de reuniones por iniciativa de la Gerencia se ha convocado a autores para explicarles lo delicado del asunto, pero, por ser una entidad privada, y existir conflictos internos nunca se logró ningún acuerdo.
5) ¿Cuál es la diferencia entre asamblea de asocaciados y asociación de autores?
La Asamblea de Asociados se rige por el artículo 40 de los estutos de la Asociación de Autores. En esta se tratan asuntos no relacionados con la Editorial Costa Rica, concurren los Miembros Asociados, con voz pero sin voto, su quorum lo forma la mitad más uno de los Miembros Activos, pero si no se produce ese quorum habrá una segunda convocatoria en la que la Asamblea sesiona válidamente con los asistentes, y las decisones se acuerdan por mayoría de votos presentes.
Por su parte la Asociación de Autores es la que fue creada mediante Estatutos y la luz de la Ley de Asociaciones, el 23 de julio de 1980.
6) ¿Qué se puede hacer para rescatar la asociacion de autores ?
Deberá registrarse de nuevo.
CARTA DE JUAN MURILLO y que evidenció lo que estaba sucediendo:
http://redcultura.com/blogs/index.php/2010/04/13/carta-abierta-a-delia-mcdonald?blog=22
Actualizado (Miércoles, 14 de Abril de 2010 22:00)





